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Ilustre Municipalidad de Santa Cruz

Dirección de Gestión de Personas

Bases Concurso Público 2026

Convocatoria conforme al Artículo 18º de la Ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales. Planta Municipal de la Ilustre Municipalidad de Santa Cruz.

Vacantes totales

10 cargos

Jornada

44 hrs. semanales · Lun a Vie

Lugar de desempeño

Plaza de Armas Nº242, comuna de Santa Cruz

Remuneraciones

Ver escala municipal →

Cargos convocados

Distribuidos en 5 plantas: Directivos, Jefaturas, Técnicos, Administrativos y Auxiliares. Filtra por planta o busca por nombre o código.

Mostrando 10 de 10 cargos

  • 01 Cargo Directivo Grado 9º (Genérico)DI-01
  • 01 Cargo Jefatura Grado 11º (Genérico)JE-01
  • 01 Cargo Técnico Grado 12º (Genérico)TE-01
  • 01 Cargo Técnico Grado 14º (Genérico)TE-02
  • 01 Cargo Administrativo Grado 15º (Genérico)AD-01
  • 02 Cargos Administrativos Grado 16º (Genérico)AD-02 · AD-03
  • 01 Cargo Administrativo Grado 18º (Genérico)AD-04
  • 01 Cargo Auxiliar Grado 18º (Genérico)AU-01
  • 01 Cargo Auxiliar Grado 19º (Genérico)AU-02

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1. Descripción General (Artículo 18º Ley Nº18.883)

La Municipalidad de Santa Cruz llama a Concurso Público para proveer los siguientes cargos de la Planta Municipal, de acuerdo con:

  • Ley Nº 18.883 — Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.
  • Reglamento Nº 2 de fecha 30.12.2019 que fija la Planta del Personal de la Ilustre Municipalidad de Santa Cruz, publicado en el Diario Oficial el 07.07.2020.
  • Reglamento de Concursos Públicos aprobado por Decreto N° 1.070 de fecha 03.07.2017.

Podrán participar en el Concurso Público todas las personas que cumplan con los requisitos señalados en las presentes bases.

Se entenderá por postulantes válidos a todos aquellos concursantes que cumplan con las bases del llamado a concurso, y reúnan los requisitos para ingresar a la Administración Pública y no se encuentren afectos a causales de inhabilidad.

Se entenderá por postulantes idóneos a todos aquellos que, además de cumplir con los requisitos del llamado a concurso, aprueben las etapas del proceso de selección.

El concurso podrá ser declarado total o parcialmente desierto sólo por falta de postulantes idóneos, entendiéndose que existe tal circunstancia cuando ningún postulante alcance el puntaje mínimo establecido en las etapas de selección que más adelante se describen.

Funciones: las descritas en el Reglamento de Organización Interna.


  • aSer ciudadano.
  • bHaber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
  • cDeclaración Jurada simple indicando tener salud compatible con el desempeño del cargo.
  • dHaber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley.
  • eNo haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones.
  • fNo estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.

Los requisitos señalados en las letras a), b) y d) deberán ser acreditados mediante exhibición de documentos o certificados oficiales auténticos, de los cuales se dejará copia simple en los antecedentes.

El requisito de título profesional o técnico exigido por la letra d) se acreditará mediante los títulos conferidos en la calidad de profesional o técnico, según corresponda, de conformidad a las normas legales vigentes en materia de Educación Superior.

El requisito fijado en la letra e) será acreditado por el interesado mediante declaración jurada simple. La falsedad de esta declaración hará incurrir en las penas del artículo 210º del Código Penal.

El requisito establecido en la letra f) del artículo citado se comprobará mediante el Certificado de Antecedentes Especiales, emitido por el Registro Civil e Identificaciones.

La cédula nacional de identidad acreditará la nacionalidad y demás datos que ella contenga. Todos los documentos, con excepción de la cédula nacional de identidad, serán acompañados al decreto de nombramiento y quedarán archivados en la Dirección Gestión de Personas de nuestro municipio.


a) Planta de Directivos

Título profesional universitario o título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste.

b) Planta de Jefaturas

Título profesional universitario o título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste, o título técnico que cumpla los requisitos fijados para la planta de técnicos.

c) Planta de Técnicos

Título técnico de nivel superior otorgado por una institución de educación superior del Estado o reconocida por éste, en el área que la municipalidad lo requiera; o, en su caso, título técnico de nivel medio en el área que la municipalidad lo requiera, otorgado por una institución de educación del Estado o reconocida por éste; o haber aprobado, a lo menos, cuatro semestres de una carrera profesional impartida por una institución del Estado o reconocida por éste, en el área que la municipalidad lo requiera.

d) Planta de Administrativos

Licencia de educación media o su equivalente.

e) Planta de Auxiliares

Haber aprobado la educación básica o encontrarse en posesión de estudios equivalentes. Para el ingreso o la promoción a cargos que impliquen el desarrollo de funciones de conductor, será necesario estar en posesión de la licencia de conducir que corresponda según el vehículo que se asignará a su conducción.

El título profesional o el nivel educacional deberá ser acorde con los requisitos establecidos en la ley para el cargo al que se postula (Artículo 8º Ley N°18.883).

Documentos del concurso

Descarga las bases y los anexos necesarios para postular. Reemplaza los enlaces por la ruta real de cada archivo en tu servidor.

Base normativa: Reglamento Nº 2 (30.12.2019) que fija la Planta del Personal, publicado en el Diario Oficial el 07.07.2020. Reglamento de Concursos Públicos aprobado por Decreto Nº 1.070 del 03.07.2017. Ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.